14-12-2017
Los preacuerdos entre Avianca y el sindicato de pilotos Acdac, incluso luego de iniciada la huelga, y las promesas del empresario Germán Efromovich fueron los elementos centrales que tomó el tribunal de arbitramento obligatorio convocado por el Ministerio del Trabajo, para definir el laudo arbitral entre las partes.

Jaime Pinzón, tercer árbitro designado por sorteo en el Ministerio de Trabajo, explicó que dichos avances fueron acogidos y el tribunal definió que los pilotos de Acdac tendrán un incremento del 12,75 por ciento para este año y los copilotos, uno del 11,25 por ciento. Y para el segundo año de vigencia, el aumento será del IPC más 1,5 por ciento y del IPC más el 1,75 por ciento, respectivamente.

Entre tanto, debido a que se revisó el procedimiento disciplinario y se encontró que este aspecto no había sido denunciado por la empresa en la negociación, se pidieron pruebas, y mientras Avianca informó que no había iniciado procesos, Acdac dijo que había 270 trámites para despedir aviadores.

Al encontrarse con esto –de acuerdo con Pinzón–, y como la idea del tribunal fue que la palabra y las propuestas valen, se tomó como válida la propuesta de Germán Efromovich, principal accionista de Avianca, de no tomar represalias y, además, se trasladó al laudo una cláusula en este mismo sentido, que está en el artículo 23 de la Convención Colectiva.

Sin embargo, Pinzón explica que al contraponer esta decisión con el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que ratificó la ilegalidad de la huelga, se prevé que Avianca presentará un recurso de anulación del laudo. “Este laudo solo queda en firme cuando la Corte lo confirme o, al contrario, diga las cláusulas que anula”, agregó.

Es decir, para esta cláusula, junto a la del reaujuste, a la cual también se opuso Carlos Ernesto Molina, el árbitro designado por Avianca, habrá que esperar lo que defina la Corte, pues mientras no esté en firme, se estima que Avianca seguirá con sus procesos disciplinarios.

Pinzón recalcó que la filosofía del tribunal de arbitramento fue proteger el derecho de asociación, porque con 300 procesos en curso, si despiden a 300 pilotos, prácticamente el sindicato Acdac se acaba.

Además, según Pinzón, si Avianca se apresura a tomar una decisión de sacar a la gente y la Corte confirma dicho artículo, los despidos podrían convertirse en ilegales y los pilotos demandarían para solicitar su reingreso a la empresa.

Carlos Molina, el árbitro de Avianca, salvó el voto en prácticamente el 70 por ciento del laudo.

Su tesis central fue que no eran válidos los acuerdos, porque si se ofrecía algún porcentaje adicional, era bajo el entendido de que se iba a cambiar el régimen de transiciones de los pilotos.

Pero los otros dos árbitros desecharon esta conclusión, porque la cláusula está vigente hasta el 2020 en el pacto colectivo y no sería lógico que Avianca pretendiera quitársela a los pilotos sindicalizados, mientras que los no sindicalizados sí la iban a mantener hasta el 2020.

Actualidad Laboral / Con información de El Tiempo