11-09-2017
En la Gaceta Oficial No. 41.231 fue publicado el Decreto No. 3.068 mediante el cual se aumenta en un cuarenta por ciento (40%) el salario mínimo nacional mensual obligatorio para los trabajadores del sector público y privado en todo el territorio nacional. El salario mínimo nacional se estableció en 136.544,18 bolívares mensuales. En el artículo 2 se señala que el ingreso básico para los adolescentes aprendices será de Bs.102.408,14 al mes. En ambos casos el incremento entró en vigencia a partir del primero de septiembre de 2017.

Por otra parte, el artículo 6 del Decreto señala que los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, que perciban el equivalente a un salario mínimo (136.544,18 Bs.), adicionalmente recibirán un Bono Especial del 30% equivalente a 40.963,25 bolívares, por lo cual obtendrán 177.507,43 bolívares mensuales.

Cestaticket

En la misma Gaceta Oficial, fue publicado el Decreto No. 3.069, mediante el cual se ajusta la base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista a 21 Unidades Tributarias (U.T.) por día, y hasta un máximo de 630 U.T. al mes. De esta manera es oficial que el trabajador debe recibir Bs. 189.000 mensuales por el beneficio de alimentación.

El artículo 3 de este Decreto establece que las empresas del sector público y del privado pagarán a cada trabajador en efectivo, o mediante abono en su cuenta nómina el monto del Cestaticket Socialista, expresando que el mismo no genera incidencia salarial alguna y en consecuencia no podrán efectuarse deducciones sobre éste, salvo las que expresamente autorice el trabajador.

Adicionalmente, los empleadores que cuenten con comedor, de forma temporal, también están obligados a otorgar el beneficio del Cestaticket en efectivo o mediante depósito en la respectiva cuenta nomina.

La Gaceta Oficial también establece el Sistema de Remuneraciones de los funcionarios y obreros de la Administración Pública Nacional.

Gaceta Oficial No. 41.231