La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) establece la figura de la inamovilidad laboral, la cual aplica específicamente a trabajadores en circunstancias especiales, como los casos de los trabajadoras que forman parte de un sindicato, las trabajadoras en estado de gravidez, el trabajador cuya pareja esté embarazada, la adopción de niños o niñas menores de 3 años, tener hijos con discapacidad, así como durante el tiempo de suspensión de la relación laboral. De conformidad con la LOTTT, estos trabajadores no pueden ser despedidos o desmejorados sin previa calificación del Inspector del Trabajo.

Esta inamovilidad que en principio corresponde a determinada categoría de trabajadores en situación especial se ha visto extendida desde el año 2002 a través de Decretos Presidenciales. Hasta el año 2010  incluía a todos aquellos trabajadores cuyos ingresos no excedieran los 3 salarios mínimos. Posteriormente, a partir del año 2011 se extendió a su vez a todo trabajador independientemente del salario devengado, exceptuando sólo a los trabajadores de dirección y confianza, estos últimos eliminados por la LOTTT.

El más reciente Decreto Presidencial publicado en Gaceta Oficial N° 40.310, de fecha 06 de diciembre de 2013, que extiende la inamovilidad laboral durante todo el año 2014, entre sus considerandos menciona que deben ser adoptadas “las medidas que sean necesarias para preservar el empleo”. No obstante, para nadie es un secreto la difícil situación por la que atraviesa Venezuela, en donde la escasez de bienes ha alcanzado niveles extremos y en el que las empresas, ante el elevado ausentismo laboral y la baja producción, en el mejor de los casos se han visto en la necesidad de hacer reestructuraciones, en el peor de los casos simplemente cierran operaciones.

Recientemente algunos economistas, como es el caso Luis Vicente León, han atribuido el problema de la falta de producción a tres factores fundamentales: “las expropiaciones, la regulación de precios y la Ley del Trabajo que afecta la productividad[1]. Valdría la pena entonces preguntarse si se han cumplido los objetivos por los cuales se dictaron los Decretos de Inamovilidad Laboral de manera consecutiva durante los últimos 11 años. ¿Cuáles han sido las consecuencias de dichos Decretos? ¿Pudieron haberse previsto tales consecuencias?

Desde un punto de vista económico del derecho las normas jurídicas tienen un carácter predictivo, lo cual permite predecir lo que va a pasar y discutir si ese es el resultado que se quiere o no[2], ello permite determinar si dichas normas jurídicas son económicamente eficientes, con la finalidad de que impacten de manera positiva tanto en la sociedad como en la economía del país. No obstante, cuando nos detenemos en la realidad del país, el impacto parece ser todo menos positivo. Un informe de la Organización de las Naciones Unidas refleja que Venezuela ocupa el tercer lugar de América Latina con la tasa de desempleo más alta[3]. Así mismo, cifras del Instituto Nacional de Estadística reflejan un aumento del desempleo de 5,6 % en diciembre de 2013, a 9,5 % en enero de 2014[4]. Estas cifras parecen dejar atrás los objetivos de los Decretos de Inamovilidad laboral.

Adicionalmente, el gran ausentismo laboral ha tenido influencia en la baja producción con la consecuente repercusión en toda la economía. No se trata simplemente de que los empleadores no puedan dar por terminada una relación laboral en determinadas circunstancias sin primero realizar el procedimiento de calificación de falta previsto en la LOTTT, el cual sabemos puede durar años en la Inspectoría del Trabajo sin decisión alguna, sino que la obligación de retener empleados que no son productivos o no cumplen con sus labores se traduce en una economía improductiva que además desmotiva al empleado productivo que probablemente se sienta tentado a seguir el mal ejemplo, así como en menos puestos de trabajo y menos inversión, y finalmente en una economía débil.

Estas circunstancias, aunado también a la regulación cambiaria y de precios, ha hecho que el costo social de los Decretos de inamovilidad laboral sea extremadamente elevado, en otras palabras, todo venezolano siente su impacto, ya sea al ir a un supermercado y no conseguir los productos que necesita, o conseguirlos pero mucho más costosos que antes, al hacer una larga cola para pagar porque solo hay una cajera o cajero en la tienda, al no conseguir empleo, o al cobrar un salario que ya no le alcanza para vivir debido a los altos índices de inflación.

En conclusión, no solo no se han logrado los objetivos por los cuales se dictaron los Decretos de Inamovilidad, sino que el costo social ha sido tan alto que hace que la regulación en sí misma sea ineficiente. Con esto no queremos decir que no deba existir una protección al trabajador que se encuentre en circunstancias especiales, al contrario, se les debe proteger de posibles despidos arbitrarios, pero lo que no se debe es desvirtuar dicha protección extendiéndola hasta un punto tal que su costo sea percibido incluso en el bolsillo de todos los venezolanos. De manera que no se puede simplemente adoptar “las medidas que sean necesarias para preservar el empleo”, sino aquellas que sean más eficientes, lo cual debería determinarse luego de un análisis cuidadoso de nuestra realidad social y económica, a los fines de afectar lo menos posible a la población. Si dicho análisis se hubiese realizado antes de la promulgación de dichos Decretos quizás otra sería la realidad de nuestro país.

[1] http://m.eluniversal.com/nacional-y-politica/140622/mayoria-de-los-venezolanos-califica-de-negativa-la-situacion-del-pais

[2]http://puntoedu.pucp.edu.pe/entrevistas/analisis-economico-del-derecho/

[3]http://www.un.org/spanish/News/story.asp?NewsID=28397

[4]http://www.finanzasdigital.com/2014/03/ine-desempleo-en-venezuela-se-ubico-en-95-en-enero-de-2014/

 

Daniela Arevalo / Abogado

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