El 7 de octubre el presidente Nicolás Maduro decretó, a través de la Habilitante, la Ley del Empleo y la Juventud Productiva. Desde el anuncio del Presidente muchas dudas comenzaron a inundar el ambiente.

Había adelantado el Presidente que la ley fue discutida con los jóvenes de todo el país y que va más allá del Primer Empleo. Según el primer mandatario es una ley para el trabajo productivo. A pesar de ello, pidió que fuera divulgada a todo nivel, en instituciones educativas, grupos culturales y deportivos, entre otros. ¿Pero si había sido discutida con jóvenes de todo el país porque pide que se divulgue?

El Presidente anunció que uno de los postulados fundamentales de esta ley tiene que ver con el fortalecimiento de las pasantías que serán obligatorias para empresas públicas y privadas.

Aun sin ser obligatorias muchas empresas privadas tienen incorporadas las pasantías, ¿es necesario otro medio para coaccionar a los empresarios?

Hubo que esperar más de un mes para que la ley fuera publicada en Gaceta y conocer así sus detalles y alcances.

En la Gaceta del 13 de noviembre se publicó el decreto 1.392 relativo a la Ley para la Juventud Productiva a los fines de promover, regular y consolidar mecanismos para la participación de la juventud en el proceso social del trabajo, garantizando su cumplimiento mediante la formación técnica, tecnológica científica y humanística, sin necesidad de experiencia previa.

Entre otras cosas esta nueva Ley dispone:

• Incorporación al proceso social de trabajo a jóvenes hasta los treinta (30) años de edad, en cualquier modalidad de ocupación.

• Las entidades de trabajo deberán otorgar los permisos para los jóvenes que se encuentren bajo su dependencia laboral, puedan asistir a sus centros de formación (estudios).

• El Registro Nacional de la Juventud Trabajadora tendrá como objeto levantar la información personal y confidencial de los jóvenes de acuerdo a sus aptitudes y vocación la cual se clasificara según su ámbito territorial, por estados municipios, parroquias y localidades.

• Las entidades de trabajo admitirán como pasantes en áreas específicas, a jóvenes que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de la Juventud Trabajadora, que cursen estudios y ameriten esta fase de formación para su culminación formal, los centros de estudios deberán presentar postulaciones para garantizar el proceso de formación integral.

Analizando algunos de los puntos expuestos nos encontramos con que la ley obliga a los empleadores a otorgar los permisos que sean necesarios, para que los jóvenes trabajadores puedan asistir a sus centros de formación. Pero la ley no señala si estos permisos serán o no remunerados, ¿serán remunerados? o ¿la obligación es otorgar simplemente el permiso?, ¿el estudiante debe asumir que le serán descontadas las horas correspondientes?...

Los jóvenes deben inscribirse el Registro Nacional de la Juventud Trabajadora, aún se desconoce dónde y cómo se realizará esa inscripción. Sin embargo, los empleadores deben admitir como pasantes, a los jóvenes que se hayan inscrito en el Registro. Nos preguntamos, ¿hasta que no estén inscritos en el Registro los jóvenes no pueden hacer pasantías? ¿No tendrán valor las pasantías que se están realizando hasta ahora sin estar inscritos en el registro?...

La ley expone que las entidades de trabajo deberán remitir al órgano con competencia en materia de juventud un informe contentivo del seguimiento y evaluación de desempeño de los jóvenes en sus pasantías, pero la ley no dice nada sobre las fechas o periodos de presentación de los informes.

Se creó el Fondo Nacional para los proyectos de Juventud Productiva con el objeto de financiar proyectos productivos propuestos por los jóvenes y contempla que dicho Fondo se conformará de los aportes ordinarios y extraordinarios que determine el Ejecutivo Nacional de forma anual, pero no establece quiénes están obligados a pagar el aporte. El texto tampoco contiene sanciones pecuniarias y/o personales para las empresas.

Suponemos que todos estos vacíos legales serán aclarados posteriormente con un reglamento, sin embargo la ley entró en vigencia desde el 13 de noviembre.

Juan Carlos Varela / Abogado

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