HISTORIAL JURISPRUDENCIA
Jurisprudencia
No son compensables los beneficios otorgados en el extranjero de distinta naturaleza a los beneficios de la Ley venezolana. Improcedencia del pago por tiempo de viaje. La retroactividad en las convenciones colectivas debe ser expresa.
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Algunas de las decisiones más importantes son: Irretroactividad de la ley para la aplicación de la prescripción de las acciones por indemnizaciones derivadas de accidentes laborales. El vencimiento de una concesión no es un supuesto de sustitución patronal. El día domingo será simultáneamente feriado y de descanso semanal
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En el mes de marzo algunas de las setencias laborales tuvieron que ver con: El trabajador renuncia a su reenganche cuando presenta demanda por cobro de prestaciones sociales y que la jubilación es un derecho no una causa de terminación ajena a la voluntad de las partes
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En el mes de febrero la Sala de Casación Social estableció que aun cuando un trabajador perciba montos que varíen de acuerdo a horas adicionales laboradas, el salario no se convierte en variable, además confirmó el carácter irrenunciable de los derechos laborales, sosteniendo que aun cuando la parte actora no comparezca a la audiencia de juicio, no se entiende desistida la acción sino únicamente el procedimiento
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Entre las sentencias del mes de enero de 2017 se encuentra que "la propina y el porcentaje sobre el consumo no son beneficios paquetizados y tienen carácter salarial, por lo que deben impactar en el resto de los beneficios laborales"
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró responsable internacionalmente al Estado del Perú como consecuencia del despido irregular de Alfredo Lagos del Campo, en 1989
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La Sala Constitucional estableció que la Sala Político Administrativa tiene competencia para conocer impugnaciones contra altos funcionarios de la Administración Pública Laboral / Cuando el patrono no demuestre haber entregado al trabajador las planillas de retiro o cesantía o no notifique al IVSS sobre la terminación de la relación de trabajo, tiene la obligación de pagar las prestaciones dinerarias del Régimen Prestacional de Empleo (“Paro forzoso”) / Compañías aseguradoras no son solidariamente responsables en favor de los trabajadores al momento de existir un accidente ocupacional
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La Sala de Casación Social confirmó su criterio según el cual las certificaciones del Inpsasel son dictadas en garantía del derecho a la defensa y del debido proceso. Además, esta misma sala consideró que accidentes que ocurran camino al lugar de trabajo se consideran laborales aunque medie el hecho de responsabilidad del trabajador
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La sala constitucional ratificó el criterio que sostiene que las retenciones por concepto de Impuesto sobre la Renta, deben ser realizadas sobre el "salario normal" que devenguen de los trabajadores. También podemos ver que la Sala de Casación Social ratificó el valor probatorio de los medios electrónicos que sean promovidos en un procedimiento. Además, se estableció que la relación de causalidad debe demostrarse para que opere la responsabilidad en caso de accidentes laborales o enfermedades ocupacionales
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Entre algunas de las sentencias de este mes se encuentra que las secuelas por enfermedad ocupacional deben ser demostradas por el trabajador . También la Sala de Casación Social determinó que no es posible solicitar la nulidad del informe de inspección del INPSASEL, por cuanto no es un acto administrativo que cause un gravamen a las partes. Además La Sala Plana del Tribunal Supremo de Justicia determinó que la Sala Electoral es el órgano competente para conocer la nulidad de un registro de delegados de prevención
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En este mes la sala Constitucional ratificó que la base imponible del Impuesto Sobre la Renta que deben pagar los trabajadores debe recaer sobre el salario normal por ellos devengado. La Sala de Casación Social estableció que la tacha de documentos sólo procede contra documentos públicos. También indicó que un email –correo electrónico- tiene el mismo valor probatorio que la copia de un documento privado, por lo que una vez impugnado debe ratificarse, de lo contrario pierde su valor probatorio. Señaló además que no tienen validez los reposos médicos que no sean ratificados en juico por el médico que los otorgó
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Entre las sentencias del mes de mayo s encuentra la improcedencia de indemnización de Lopcymat por hecho de un tercero. Además señala que la incapacidad es causa ajena a la voluntad de terminación de la relación de trabajo por lo que no tiene porque haber indemnización. También cabe señalar que la Sala Constitucional determinó que el procedimiento de reclamo establecido en el artículo 513 de la LOTTT, no viola el derecho a la defensa y al debido proceso
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Quedó establecido que cuando el INPSASEL certifique que una discapacidad padecida por un trabajador es parcial y permanente para el trabajo habitual, esto no impide que el trabajador perciba ingresos ejecutando alguna actividad económica diferente. También La Sala de Casación Social ratificó su criterio según el cual la base de cálculo para el pago de las utilidades es el salario devengando por el trabajador en el año respectivo. Esta misma sala consideró que las bonificaciones pagadas a las demandantes, “…por una sola vez y en forma especial…” no revisten carácter salarial
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La Sala Político Administrativa estableció que son los tribunales laborales quienes deben conocer los procedimientos de calificación de despido, en los que se haya discutido el carácter de empleado de dirección / Los Tribunales no podrán otorgar medidas cautelares de suspensión de efectos de un reenganche, si no consta en autos la certificación de su cumplimiento emitida por la Inspectoría del Trabajo / el INPSASEL no se encuentra obligado a notificar al patrono del procedimiento de investigación que inicia a los fines de certificar el origen de una enfermedad o accidente laboral
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Sala de Casación Social ratifica el criterio según el cual cuando existe una sustitución patronal y el trabajador nunca fue notificado de la misma, se mantiene la responsabilidad solidaria entre el patrono sustituto y el sustituido / La consecuencia jurídica de la incomparecencia a la audiencia de la parte que desconoció un documento y que iba a ser objeto de cotejo, es el valor probatorio de dicho documento
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La Sala de Casación Social estableció el criterio según el cual los días adicionales de prestaciones sociales deben ser pagados con base en el salario promedio devengado por el trabajador. También la Sala Político-Administrativa estableció que los tribunales del trabajo son competentes para conocer demandas interpuestas por trabajadores que prestan servicios a embajadas
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La Sala de Casación Social determinó el valor probatorio de las páginas web de los organismos del Estado. Por su parte, la Sala Político Administrativa estableció cuándo corresponde a la Administración Pública y al Poder Judicial conocer las acciones relacionadas con tercerización y/o simulación o fraude laboral. También, se determinó que múltiples contratos de temporada presumen continuidad de la relaciónd de trabajo
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Entre otras materias, la Sala de Casación Social determinó que no se configura la tercerización, cuando se logra evidenciar que la relación jurídica entre las partes no tuvo carácter laboral, por lo cual no existe ni simulación ni fraude a la ley. También destaca que la Sala Político Administrativa determinó que las transacciones que contengan conceptos de la materia de seguridad y salud en el trabajo, sólo pueden ser homologadas por la Inspectoría del Trabajo y no por tribunales o por el TSJ
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Entre las sentencias recogidas para el mes de octubre se establece que los correos electrónicos son prueba documental. También se determinó que la relación jurídica existente entre un productor de seguros y la empresa de seguros, era de carácter laboral. Además, se incluye el criterio de que los empleados de dirección que se encuentran excluidos de la aplicación de una Convención Colectiva de Trabajo, son aquellos que hubieren participado en su discusión o la hubieren autorizado
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En el mes de septiembre la sala de Casación Social del TSJ estableció que la jubilación es un derecho que no es una desmejora y no disputa con la libertad sindical. Además señaló que si la prescripción fue válidamente interrumpida, el nuevo plazo inicia a correr luego de transcurrido el lapso de inadmisibilidad pro tempore. También indicó que el no acompañamiento del acto administrativo impugnado, no es causa de inadmisibilidad de la demanda. Por otra parte, la ala politico administrative poder judicial señaló tiene jurisdicción homologar una transacción laboral realizada en procedimiento de oferta real de pago
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