23-07-2019

La justicia española condenó el martes a la empresa británica de entrega de comida a domicilio Deliveroo por no reconocer como asalariados a unos 500 de sus repartidores, evitando así pagar 1,2 millones de euros de cotizaciones a la Seguridad Social. Un tribunal administrativo de Madrid estimó que el medio millar de repartidores no eran autónomos, como defiende la empresa, sino que "estaban sujetos a una relación laboral", según el fallo.


Dicha relación entre los repartidores y Deliveroo o sus empresas rivales, genera polémica en España y otros numerosos países, y en varias ocasiones la justicia ha dado la razón a los trabajadores frente a la plataforma. "Apelaremos la decisión", reaccionó en un comunicado Deliveroo, lamentando que la sentencia "no refleja la manera en que los trabajadores colaboran con la sociedad". En su escrito, la empresa defiende que estos repartidores que recorren las ciudades en bicicleta con sus grandes mochilas a la espalda "pueden escoger si desean trabajar o no, pero también cuándo y dónde. Es este tipo de trabajo que les permite tener la flexibilidad y el control que desean sobre su actividad", insistió.


Pero para el juez, "lo esencial es que una vez aceptado el pedido, el mismo había de atenderse (por parte de los repartidores) de acuerdo con las detalladas instrucciones determinadas por la empresa, sin margen apreciable de autonomía del trabajador". Como ejemplo, el magistrado señala que Deliveroo enviaba a los repartidores más experimentados a acompañar a los nuevos en su primer día, para "aprender la mecánica de la prestación de los servicios".


deliveroo


Cadena de juicios


La capacidad real de autonomía del trabajador se limita, de hecho, a elegir el medio de transporte, o bicicleta o motocicleta; el itinerario y la posibilidad de rechazar un encargo, con el riesgo de ver en lo sucesivo que su volumen de pedidos merma, explica el tribunal.


La demanda fue interpuesta por la tesorería de la Seguridad Social, que reclama 1,2 millones de euros de cotizaciones impagadas a la sociedad británica. La administración se respaldaba en un informe de la inspección laboral que estimaba que los 500 repartidores de Deliveroo en Madrid, entre octubre de 2015 y junio de 2017, eran empleados que deberían haber sido declarados.


El sindicato Comisiones Obreras (CCOO), que se asoció a la demanda, consideró la decisión como "muy positiva", teniendo en cuenta que "rebate de forma sólida las objeciones planteadas por parte de la empresa".


A finales de junio, Deliveroo ya fue condenada en un proceso similar que afectaba a 97 repartidores en Valencia (este de España). Además, este año deben celebrarse en Barcelona y Zaragoza dos juicios similares nacidos también de demandas de la Seguridad Social. Glovo, competidora local de Deliveroo, anunció en ese mismo periodo de tiempo haber obtenido ocho decisiones judiciales favorables, en las que sus repartidores fueron considerados como autónomos.


La sociedad, con sede en Barcelona, reclama al gobierno español "un marco normativo adaptado a las nuevas relaciones laborales derivadas de la digitalización" de la economía.


Actualidad Laboral / Con información de AFP