27-04-2015
El Ministerio del Poder Popular para la Salud emitió una resolución en la que se establecen las normas para regular el proceso para la legalización y vigilancia del libre ejercicio de los profesionales de la salud a través del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria (SACS).

En la resolución, publicada en la gaceta oficial número 40.647 del viernes 24 de abril, se le asigna al Ministerio de Salud, a través del SACS, todo lo relacionado con los procesos de inscripción, control, regulación y certificación de títulos de los profesionales y técnicos superiores universitarios, técnicos medios y postgrados de la salud.

Toda persona que obtenga un título en esos niveles, deberá registrarse ante el Sistema de información automatizado para la legalización y vigilancia del liebre ejercicio de los profesionales de la salud en el portal web del SACS (http://sacs.mpps.gob.ve/siacs/)

El profesional de la salud para el registro de títulos, luego de inscribirse enviará por correo electrónico o en físico al SACS la planilla de inscripción, acompañada de las huellas dactilares de ambos pulgares. Luego de 72 horas, el profesional de la salud podrá imprimir la constancia electrónica de la solicitud que será válida sólo si está acompañada la certificación del pago del impuesto correspondiente.

Se mencionan varios casos, como el registro de aprendiz de farmacia, auxiliar de farmacia, profesionales extranjeros y otros más que deben solicitar una cita para ser atendidos en la sede central del SACS.

La resolución establece como documentos válidos de registro en el país, la constancia de registro electrónica impresa a través del sistema y se elimina la firma y sello en el propio título.

Entre las disposiciones transitorias se menciona que las citas ya otorgadas para el registro de títulos quedarán anuladas, aunque el usuario podrá imprimir la constancia electrónica dentro de los dos meses siguientes a partir de la entrada en vigencia de esta resolución.

 

Gaceta Oficial número 40.647pdf




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