23-04-2020

Las declaraciones homófobas por parte de responsables de contratar personal violan la legislación de la UE contra la discriminación, incluso cuando no se pueda identificar a una persona afectada, falló este jueves la justicia europea.


"En ese caso, el derecho nacional podrá disponer que una asociación está legitimada para entablar acciones judiciales que persigan la reparación de los daños", precisó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con sede en Luxemburgo.


El alto tribunal europeo responde así a las dudas del Tribunal Supremo de Italia, quien debe resolver la demanda de una asociación de defensa de los derechos LGTBI contra un abogado que expresó en un programa de radio su rechazo a contratar homosexuales.


El TJUE rechaza retener en este caso el derecho a la libertad de expresión, ya que la limitación a su ejercicio prevista en la directiva discriminación es "necesaria" para "garantizar los derechos" laborales de los personas potencialmente discriminadas.


Los jueces precisan que las declaraciones deben proceder de alguien que, aunque no tenga la "capacidad jurídica de contratar personal", se compruebe su influencia "en la política de contratación de personal del empresario".


El alto tribunal italiano debe resolver ahora el recurso en casación presentada por el abogado. La 'Associazione Avvocatura per i diritti LGTBI', que le reclama una indemnización por discriminación, ganó en primera instancia y en apelación.


Actualidad Laboral / Con información de AFP