14-07-2014
Fue publicada en la gaceta oficial número 40.452 de fecha 11 de julio de 2014, la resolución 8784, mediante la cual el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo homologa la convención colectiva de trabajo para la industria de las artes gráficas, que operan a escala regional en Distrito Capital y estado Miranda.

Esta resolución se dictó de conformidad con lo pautado en el artículo 466 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadores, en el que se establece que a partir de la publicación de la homologación la convención colectiva surtirá todos sus efectos legales sustituyendo al contrato vigente.

Entre otros beneficios esta contratación estipuló que a partir del 1º de julio del año en curso los trabajadores que devengaban Bs. 155,00 diarios o menos tendrían un aumento de Bs. 15,00 diarios; más de Bs. 155,00 hasta Bs. 200,00 diarios, inclusive, la suma de Bs. 20,00 diarios; y más de Bs. 200,00 diarios la suma de Bs. 25,00 diarios.

A partir del 1º de enero de 2015 tendrán derecho los trabajadores a los siguientes aumentos de salario: los que devenguen Bs. 170,00 diarios o menos la suma de Bs. 15,00 diarios; si ganan más de Bs. 170,00 hasta Bs. 220,00 diarios, inclusive, la suma de Bs. 20,00 diarios; y más de Bs. 220,00 diarios la suma de Bs. 25,00 diarios.

Los aumentos están establecidos hasta el 1 e enero de 2016 año en el que vence esta convención. También quedó establecido que si ya se habían pactado aumentos  o ajustes salariales previos a la convención, se mantienen los pactos suscritos.

Actualidad Laboral / Noemí Cendón Tizón