03-11-2021

El ministro de Trabajo de Brasil, Onyx Lorenzoni, firmó una resolución que prohíbe el despido de trabajadores por no estar vacunados contra el COVID-19. El documento ministerial también considera que tal requisito por parte de los empleadores es “discriminatorio”.


La decisión de Lorenzoni, publicada esta semana en un número extra del Boletín Oficial, establece que las empresas no pueden exigir prueba de vacunación al contratar nuevos empleados, ni despedir a miembros de su personal actual por carecer de dicha prueba.


Las pautas de Lorenzoni chocarían con los fallos de tribunales laborales. En São Paulo, el Juzgado Regional de Trabajo (TRT) confirmó el despido de un empleado de hospital que no quiso vacunarse.


El Tribunal Superior de Trabajo federal (TST) aún no se ha pronunciado al respecto, pero exige la vacunación de sus propios trabajadores.


Expertos legales citados por los medios brasileños han dicho que la resolución ministerial no puede restringir ni crear ningún derecho, sino simplemente regular lo que establece la ley. Y no hay ninguna ley sobre el tema.


La ordenanza de Lorenzoni clasifica como “práctica discriminatoria” el despido de un empleado que se niega a presentar prueba de vacunación contra COVID-19 o el requisito de tal documento como condición para la contratación. El estatuto también equipara el requisito de vacunación con prácticas discriminatorias relacionadas con el sexo, la raza, el color, la edad y la discapacidad, que los empleadores tienen prohibido adoptar por ley.


La ordenanza ministerial también establece sanciones para los empleadores, que van desde la reincorporación del trabajador despedido con el sueldo completo hasta abrir el camino para que dichos trabajadores busquen una indemnización adicional por daño moral.


El Ministerio también permite a los empleadores ofrecer pruebas de COVID-19 a sus trabajadores, quienes en ese caso no pueden negarse a someterse al procedimiento. Aquellos con comprobante de vacunación, están exentos de este requisito.


“Con el fin de asegurar la preservación de las condiciones sanitarias en el ambiente de trabajo, los empleadores pueden ofrecer a sus trabajadores pruebas periódicas para demostrar la no contaminación por Covid-19, en cuyo caso los trabajadores deben realizar las pruebas o presentar la tarjeta de vacunación”, dice la ordenanza ministerial.


“El empresario debe establecer y difundir pautas o protocolos que indiquen las medidas necesarias para prevenir, controlar y mitigar los riesgos de transmisión de Covid-19 en el lugar de trabajo”, prosigue.


Las empresas también pueden “establecer políticas de incentivos a la vacunación de sus trabajadores”, según el Ministerio de Trabajo.


Otros expertos legales creen que la ordenanza debería haber sido firmada conjuntamente por el Ministerio de Salud, que es el responsable en última instancia de las medidas contra la propagación de la enfermedad.


Actualidad Laboral / Con información de Mercopress