08-08-2018

Queriendo poner fin a una discriminación histórica y equiparar el empleo entre hombres y mujeres, el presidente chileno Sebastian Piñera firmó hoy el proyecto de Ley Sala Cuna Universal. Actualmente, el 96,9% de las personas que están fuera de la fuerza laboral en Chile por razones familiares permanentes, son mujeres; y se enfrentan a un 71% de hombres trabajando, frente a solo un 49% de mujeres en el mercado laboral.


No contar con sala cuna es una de las mayores barreras de entrada al mundo profesional remunerado. Por eso, el Proyecto de Ley de Sala Cuna Universal busca aumentar la participación laboral de las mujeres, garantizando igualdad de oportunidades y eliminando toda forma de discriminación arbitraria para que la familia y el trabajo sean compatibles.


OBJETIVOS


- Poner fin a una discriminación histórica en contra de las mujeres, para que el costo deje de recaer, exclusivamente, en ellas y sea compartido por todos.


- Disminuir los costos adicionales asociados a la contratación femenina, y garantizar la igualdad de oportunidades para todas las mujeres; ya que, todas podrán acceder a este beneficio sin importar el tamaño de la empresa, o si son trabajadoras dependientes o independientes.


- Porque queremos que los niños estén primero en la fila, queremos garantizar que todos los hijos tengan derecho a una sala cuna de calidad con lugares reconocidos por el Ministerio de Educación.


- Buscamos dar un paso importante porque la iniciativa permitirá que padres y madres trabajadoras, puedan desempeñarse profesionalmente con la tranquilidad que sus hijos estarán debidamente cuidados.


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BENEFICIARIOS


El Beneficio da cobertura a trabajadores dependientes e independientes, que cumplan ciertos requisitos, que se encuentren en alguno de los siguientes grupos:


- La madre trabajadora de un niño o niña menor de dos años.


- El padre trabajador que tenga el cuidado personal exclusivo de un niño o niña menor de dos años.


- El trabajador al que, por sentencia judicial, se le haya confiado el cuidado personal de un niño o niña menor de dos años.


Se considera además, la posibilidad de que el beneficio pueda ser solicitado por el padre del menor en representación de la madre trabajadora, cuando esta no haya requerido el beneficio. Para ello, deberá presentarse poder notariado que autorice y documentos que acrediten calidad de beneficiaria de la madre.


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REQUISITOS


Trabajadores dependientes


- Afiliación a sistema previsional.
- No se exige un mínimo de cotizaciones.


Trabajadores independientes


- Afiliación a sistema previsional.
- 6 o más cotizaciones previsionales de acuerdo a la ley, continuas o discontinuas, dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud acceso al beneficio.


Actualidad Laboral / Con información de Proyecto de Ley Sala Cuna Universal