15-01-2014

Esta decisión de la empresa pública implica que los trabajadores pueden ver intervenidos los correos que envíen o reciban al webmail corporativo, así como el establecimiento de un control sobre las páginas web que visitan dentro de las instalaciones de la CRTVG.

Las restricciones en el uso de los equipos informáticos de la empresa se suman a la prohibición al personal de acceder a las instalaciones de la televisión y la radio con un ordenador, una tableta o discos duros "ajenos a la propiedad de la compañía".

La instrucción dirigida al conjunto de los trabajadores se completa con la prohibición de "enviar o reenviar mensajes en cadena o de tipo piramidal" o la participación en foros de discusión, listas de distribución o grupos de noticias que comprometan la reputación de la CRTVG.

La puesta en marcha de este conjunto de normas, dictadas de manera unilateral, se debe a que la rápida evolución de las tecnologías informáticas "incrementa sensiblemente el riesgo de robo o fuga de información". De ahí que la intención de la compañía que dirige Alfonso Sánchez Izquierdo, sea que el uso de los ordenadores, el acceso a páginas web y el intercambio de correos debe limitarse al uso estrictamente laboral.

Y aunque la justificación formal de la norma tiene la intención de proteger los intereses de la empresa, los trabajadores denuncian que se trata de una medida restrictiva y disciplinaria. Algunos de los sindicatos consideran que la instrucción esta relacionada con un blog realizado por los periodistas con el nombre de Eu non manipulo (Yo no manipulo), en el que los trabajadores expresan su disconformidad con la línea editorial de la empresa.

Por su parte, el sindicato CUT sostiene que la orden de la dirección general sirve para "reprimir y sembrar el terror entre los trabajadores dentro de una escala de fascistización". El resto de representantes en el comité de empresa sostiene que la medida sólo genera inseguridad entre los empleados y entienden que cualquier tipo de medida de esta naturaleza debería negociarse en el marco de un convenio colectivo.

Con información de elmundo.es

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