08-12-2014
El Tribunal Supremo de Justicia a través de su Sala Electoral, declaró procedente una solicitud de amparo cautelar de un grupo de trabajadores afiliados al Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Empresa Industria Alimenticia Nacional de Cereales y Harina C. A (Sintraiancarina) y suspendió los comicios pautados para este 12 de diciembre.

Los trabajadores que pidieron el amparo contra la Comisión Electoral elegida para dirigir dicho proceso comicial señalan que las elecciones fueron organizadas en forma ilegal por una Comisión Electoral nula, y con registro electoral inconstitucional porque está desactualizado y no aparece reflejado un grupo de trabajadores afiliados al sindicato, entre ellos los solicitantes de la acción judicial.

El TSJ, mientras no se dicte sentencia firme, ordenó que no se realicen las elecciones pautadas para este viernes 12 de diciembre con la finalidad de elegir los miembros de la Junta Directiva del A (Sintraiancarina), para el período 2014-2017.

Iancarina C.A. es una importante empresa de alimentos en el país y elabora los productos de la marca Mary en Venezuela.

El TSJ indicó, entre otros aspectos, que prima facie, se permite presumir la vulneración de los derechos constitucionales a la participación, sufragio y democracia sindical, previstos en los artículos 62, 63 y 95 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de un grupo de trabajadores, entre ellos los accionantes del recurso judicial interpuesto, por lo que luego de cumplirse con los requisitos para acordarlo, se declaró procedente el amparo cautelar.

Actualidad Laboral / Nota de prensa