10-10-2014
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia anuló la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo de la región Capital que ordenó el cierre de la planta de Hermo de Venezuela. En sentencia de la Magistrada Gladys Gutiérrez, esa instancia determinó que en el procedimiento hubo una “evidente violación del derecho a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial”.

Al admitir el recurso de amparo presentado por los representantes legales de esa compañía, se ordenó el cese de la ocupación temporal de las instalaciones ubicadas en Santa Teresa del Tuy, estado Miranda, por parte de la Guardia Nacional.

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