01-12-2014
A partir de hoy el sueldo mínimo de los trabajadores de los sectores público y privado es de Bs. 4 mil 889, 11 mensuales, lo que se traduce en Bs. 162,97 diarios. Así quedó establecido en la gaceta oficial ordinaria Nro.40.542 del 17 de noviembre.

El decreto Nro. 1.431 también señala que los adolescentes aprendices, también tendrán un aumento del 15 por ciento por lo que su salario mensual queda en Bs. 3 mil 635,95 a menos que la labor que realizan sea en las mismas condiciones que los demás trabajadores.

Este salario mínimo cuenta también para las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública y para las pensiones que otorga el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.

También desde este 1ero. de diciembre quedó establecido entre 0,50  y 0,75 unidades tributarias el monto del cupón, ticket o cargo a la tarjeta electrónica del beneficio de alimentación al que tienen derecho los trabajadores venezolanos, igualmente cuando es otorgado en dinero.

En la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6.147, de fecha 17 de noviembre fue publicado el decreto Nro. 1.393 mediante el cual dicta la reforma parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras que estableció estos montos, por lo que a partir del 1 de diciembre los trabajadores cobrarán entre Bs. 63,50 y 95,25 por día.

Actualidad Laboral / NCT