22-12-2022

Los proyectos de Ley Integral del Sistema de Pensiones, Ley de Creación del Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) y Ley Especial para la Emisión de Certificados de Obligaciones Previsionales y Disolución del Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP) fueron aprobados por la Asamblea Legislativa de El Salvador, de mayoría oficialista, la noche del 20 de diciembre.


Esta iniciativa, promovida por el Ejecutivo, constituye la reforma más grande al sistema previsional salvadoreño desde 2017.


Al respecto, el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) considera que proyecto de reforma al sistema de pensiones de El Salvador “no ofrecen soluciones plenas para los problemas estructurales del sistema previsional salvadoreño”.


A continuación, se detallan los puntos más importantes de los cambios, novedades y aspectos que permanecen intactos en la reforma:


Siguen las AFP: Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) continuarán administrando los fondos del público cotizante, a pesar que varios movimientos sindicales pedían la nacionalización.


Se elimina retiro anticipado: En el marco de la reforma de 2017, se permitió que progresivamente las personas pudieran retirar hasta el 25 % de su saldo ahorrado a modo de préstamo y luego era devuelto o la persona debía trabajar más años. Esta posibilidad de retiro del saldo se eliminó.


Aumento a pensión por vejez: Se aplicará un aumento del 30 % adicional a la pensión por vejez. Las pensiones entre US$390 y menores a US$400, se pagará pensión de US$400; entre US$440 y menor a US$450, pensión de US$450; entre US$490 y menor a US$500, será US$500. No podrán ser superiores a los US$3.000.


Este ajuste no aplica a las pensiones de los trabajadores que retiraron el anticipo de 25 % de sus ahorros. Además, los montos de pensiones por invalidez y sobrevivencia no tendrían incrementos.


Pensión mínima se mantiene: Los pensionados por vejez al agotarse el saldo de su cuenta individual, tendrán una pensión mínima de $304.17 o 70 % de la pensión mínima para invalidez parcial, más un 30 %, cifra similar a a la actual.


No hay aumento en edad de retiro: Se mantiene que para poder retirarse deben tener 60 años los hombres y 55 las mujeres y 25 años cotizados ya sea de forma continua o discontinua.


Sube el aporte del empleador: La tasa de cotización para el ahorro de pensiones en las AFP pasa del 15 % al 16 %, dividido en 7,25 % de parte del trabajador y 8,75 % del empleador (actualmente es 7,75 %).


Cambio en la comisión. La comisión de las AFP antes de la reforma era de 0,9 % con la reforma, sube a 1 % esa comisión y la compra del seguro para invalidez y sobrevivencia es suprimida.


Límites a las pensiones máximas: Se establece que las pensiones no podrán ser superiores a los US$3.000 mensuales, aunque quedan excluido el sistema de cotizantes y pensionados del Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA) y los pensionados por invalidez permanente a causa de riesgos comunes del ISSS.


Salvadoreños en el exterior pueden cotizar: Se amplía la cobertura para los salvadoreños en el exterior quienes podrán cotizar a una Cuenta Individual de Ahorro para Pensiones de manera voluntaria.


Surge un nuevo Instituto: Con la reforma desaparece el Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP) que permitió usar fondos de las pensiones para pagar pensiones del sistema público y otras obligaciones previsionales, y asume el nuevo Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) que sustituirá los instrumentos de deuda Certificados de Inversión Previsional (CIP) mediante un Certificado de Financiamiento de Transición. Al respecto el Icefi señala que el ISP tendría la facultad de establecer discrecionalmente la tasa de interés y el plazo con la que adquiriría esta deuda, “lo que podría implicar que, en un contexto financiero complicado, el Gobierno salvadoreño busque reducir el servicio de la deuda pública, en detrimento del fondo de pensiones”.


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