22-06-2018
El abogado Helí Abel Torrado, doctor en Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia, asegura que Avianca despidió sin justa causa al empleado que introdujo y tomó licor en el estadio en Rusia, tras analizar la decisión de la aerolínea con Luis Felipe Gómez, que hasta hoy fue su gerente regional de ventas de Europa.

Antes que nada, el abogado dejó claro que el comportamiento de ingresar y consumir licor en un estadio en donde no está permitido es “inexcusable”. Pero, Torrado explicó a Pulzo que en este caso particular, el comportamiento de Gómez “de ingresar subrepticiamente licor a un estadio de fútbol, e ingerirlo, por vergonzoso que sea, no tipifica una justa causa para su despido, no solo porque ello tuvo lugar por fuera de la sede del trabajo, sino también porque no estaba en ejercicio de sus funciones”.

Sumado a esto, aclara que ese hecho “no está tipificado como justa causa en la Ley Laboral, ni en el contrato, ni en el reglamento, ni en la convención colectiva de trabajo. Aunque así fuera, ha debido cumplirse la diligencia de descargos, antes de adoptar tan drástica determinación”.

Cabe recordar que Avianca emitió un comunicado en la mañana, en el que anuncia que le terminaron su contrato laboral a su empleado que estaba en el estadio por ir en contravía de sus principios y valores como compañía.

“Por consiguiente hemos tomado la decisión de terminar el contrato de trabajo al empleado de Avianca Carga presente en el mundial cuyo comportamiento violó la ley y normatividad vigente en el marco del evento mundialista”, sostuvo la aerolínea en un comunicado.

En ese sentido, agrega el abogado, pese a la censura social que representó el hecho, desde la perspectiva puramente legal, la decisión de ruptura del vínculo laboral obliga a examinar si la terminación del contrato se hizo de manera injustificada, o invocando justa causa.

“Por lo general, el empleador está facultado para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo, aunque no exista motivo válido para ello, pero queda obligado a pagar una indemnización por el despido, de acuerdo a una tarifa señalada por el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo”, agregó Torrado. En ese sentido, la aerolínea tendría que indemnizar a Gómez.

Según el abogado, lo primero que tuvo que hacer Avianca fue verificar si esa conducta en la que ocurrió el empleado fue en el desempeño de su trabajo y, además, si ese hecho está enlistado como falta grave en el contrato individual de trabajo, en el reglamento interno de trabajo o en la Ley laboral.

Y, en segundo lugar, si la empresa dio cumplimiento al trámite disciplinario, que exige formularle unos cargos al trabajador y citarlo a una diligencia de descargos para explicar sus actuaciones. “En caso de que éstas no tengan excusa, la empresa puede proceder a dar por terminado el contrato, sin tener que pagar indemnización alguna”.

En entrevista con La W, Luis Felipe Gómez dijo que se encontraba en Rusia en vacaciones y no haciendo nada de trabajo. Y enfatizó en que sí tomó licor, pero no lo ingresó ilegalmente al estadio.

Sobre el despido por parte de la compañía, Gómez dice que espera ponerse al frente del asunto cuando regrese a Colombia.

“Lo más importante para mí en este momento es mi esposa y amigos que venían con nosotros. No tengo ningún comentario con respecto a lo de la compañía, entiendo que hay un comunicado, me pondré en contacto al regreso de mis vacaciones con ellos para saber cuál es el canal regular a seguir. Yo lo que quiero es dejar el nombre claro mío, de las personas que me conocen y del país. Lo que sea estoy poniendo la cara”, afirmó Gómez en entrevista con La W.

Actualidad Laboral / Con información de Pulzo