30-03-2017
El Consejo de Estado anuló el Decreto 2552 por medio del cual se fijó el incremento del salario mínimo para el año 2016.

La decisión se conoció 15 meses después de que el Gobierno firmara la norma, que fijó un incremento salarial del 7 %, dejándolo en 689.455 pesos mensuales.

La Escuela Nacional Sindical (ENS) explicó que la Sección Segunda del Consejo de Estado anuló este decreto considerando que contradice la sentencia 815 de la Corte Constitucional, la que a su vez estableció los parámetros con los cuales el Gobierno debe establecer reajuste salarial cuando no hay consenso en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.

No obstante, la decisión del Consejo de Estado no es retroactiva, es decir, que no afectará el incremento salarial ya efectuado, ni implica que a los colombianos se les vaya a reintegrar salarios, tributos, multas y los demás pagos que fueron ajustados con base en esa normativa.

Para la ENS, la sentencia debe interpretarse como una exhortación, o un “regaño”, del Consejo de Estado al Gobierno, para que en adelante revise los procedimientos para fijar por decreto el incremento del salario mínimo de los colombianos.

El fallo señaló que el Gobierno se equivocó al incrementar el mínimo para 2016 por debajo del aumento del costo de la vida para las personas de bajos ingresos.

Igualmente se insistió en que el Gobierno se limitó a explicar que la meta de inflación era del 3 %, pero no explicó la influencia de las cifras, y frente a otros aspectos, es decir que los datos que motivaron la decisión fueron incompletos.

Actualidad Laboral / Con información de El Colombiano