21-11-2023

En 2020 fue creado en Colombia un esquema para dar seguridad social a trabajadores que devenguen menos del salario mínimo mensual; sin embargo, para los sindicatos desincentiva el empleo de calidad. El anuncio de su derogación se da tras una conciliciación entre el Gobierno y tres centrales sindicales por un reclamo ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT).


A través de un comunicado, el Gobierno informó que llegó a un acuerdo con tres centrales sindicales (Central Unitaria de Trabajadores, Confederación de Trabajadores y Confederación General del Trabajo) para derogar el decreto 1174 que reglamentaba este esquema, creado en 2020, para dar seguridad social a trabajadores cuyo salario no superara un salario mínimo mensual.


Hace tres años, el piso de protección social fue presentado como una norma que pretendía amparar a los colombianos que trabajan en tiempo parcial y cuyas horas de trabajo no alcanzan a devengar un salario mínimo. Estos trabajadores tenían acceso a salud, en el régimen subsidiado, a un seguro que cubre riesgos laborales y un ahorro para la vejez por medio de los Beneficios Económicos Periódicos (BEPs, programa de ahorro para quienes no cuenten las condiciones para pensionarse).


Sin embargo, cabe resaltar que una sentencia de la Corte Constitucional mantenía este esquema inactivo desde 2021.


Para las centrales obreras, el decreto 1174 del Piso de Protección Social recortaba los derechos de estos trabajadores y les negaba el acceso a la pensión. Desde que el piso de protección social se puso en marcha, los sindicatos lo calificaron como una “reforma laboral disfrazada”, señalando que promueve el trabajo por horas y que, por ende, desincentiva el empleo de calidad.


Dentro de las principales críticas al esquema, los sindicatos denuncian que la afiliación al régimen subsidiado de salud para estos trabajadores hace que no se les reconozcan licencias de maternidad, paternidad o cualquier tipo de incapacidad. Así mismo, para estas organizaciones, los BEPs les quitan a los trabajadores la posibilidad de acceder a una pensión.


¿Por qué se acaba el piso de protección social?


El acuerdo entre el Gobierno Nacional y las tres centrales sindicales para la eliminación del piso de protección social tiene su origen en una queja interpuesta hace más de tres años ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Recientemente, representantes del Ministerio del Trabajo y de los sindicatos se reunieron para conciliar de manera voluntaria esta reclamación.


“Hemos llegado a un acuerdo con presencia de la OIT, de una conciliación voluntaria por primera vez ocurrida en el continente americano, en torno a que se retira esta querella y el Gobierno Nacional se compromete expresamente a derogar el decreto 1174 del Piso de Protección Social, que ya estaba inactivo sobre la base de la sentencia 276 de la Corte Constitucional”, explicó Gloria Inés Ramírez, ministra del Trabajo.


¿Qué pasará con los afiliados?


Una vez se derogue el decreto 1174 de 2020, el Gobierno se compromete a promover iniciativas normativas que posibiliten que trabajadores que laboran al servicio de otra persona (natural o jurídica), a tiempo parcial o de menores ingresos, sean afiliados en calidad de dependientes al Sistema de Seguridad Social Integral.


Además, Gobierno y sindicatos acordaron que se reunirán al menos cada dos meses, durante el siguiente año, para hacer seguimiento al cumplimiento de lo estipulado, así como adoptarán una hoja de ruta que contemple medidas de divulgación y campañas de sensibilización para avanzar en la protección social de los trabajadores.


“Este es un acuerdo muy importante, puesto que es una reclamación que hemos venido haciendo las tres centrales obreras ante la OIT por el decreto 1174 y hoy llegamos a un feliz acuerdo de conciliación, gracias a la buena gestión del Gobierno del Cambio y su Ministerio del Trabajo”, dijo Jorge Peña, ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Colombia, CTC.


Actualidad Laboral / Con información de América Economía