Si empleador no sabe que la trabajadora está embarazada, puede despedirla. Así lo determinó la Corte Constitucional de Colombia al estudiar tres tutelas en las que reafirmó, la importancia de garantizar la estabilidad laboral de las trabajadoras en estado de gestación y durante la lactancia.
En el estudio que hizo la Corte Constitucional sobre tres tutelas claves para establecer los alcances del fuero de maternidad, el alto tribunal firmó una sentencia clave con un nuevo límite. Según la providencia, si bien hay que proteger la estabilidad laboral de mujeres en estado de gestación y durante la lactancia; si una trabajadora no le avisa a su empleador que está embarazada y su contrato laboral termina, no se puede alegar discriminación, y el despido es justificado.
La Corte consideró que resulta excesivo exigir a los empleadores que reintegren al empleo, paguen la licencia de maternidad y las cotizaciones a la seguridad social de trabajadoras que fueron despedidas, sin que se supiera sobre su embarazo. “Por ende, si se imponen tales medidas incluso, cuando no existe discriminación contra la trabajadora en razón de su embarazo, se desincentiva la contratación de mujeres y se limita su acceso al mercado laboral”, señaló el alto tribunal.
Dos de las tres tutelas que fueron revisadas por la Sala Plena tenían que ver, precisamente, con casos de mujeres que habían sido despedidas de su trabajo sin que ellas o sus empleadores, supieran de su embarazo. En el recurso judicial pedían que fueran reintegradas a sus trabajos porque, decían, se les había violado sus derechos y se trataba de un despido discriminatorio. Sin embargo, la Corte sentó una regla clara que permite que, en estos casos, el despido sea regular.
Sin embargo, la última tutela sí involucraba un caso en el que la mujer que perdió su trabajo cuando ella y su empleados sabían que estaba en estado de embarazo. En este caso, la Corte ordenó el pago de salarios y prestaciones durante el período correspondiente al embarazo, licencia de maternidad y período de lactancia. Recordó, además, que en estos casos las empresas deben recurrir al Inspector de Trabajo antes de tomar la decisión de despedir a una mujer embarazada.
Actualidad Laboral / Con información de El Espectador