La Comisión Europea ha presentado este lunes una propuesta legislativa en situaciones de emergencias sanitarias, o desastres naturales; en la que plantea eximir el impuesto sobre el valor añadido (IVA) a los bienes y servicios, que adquieran instituciones y agencias de la Unión Europea en estas situaciones. Según el Ejecutivo comunitario, la iniciativa “se basa en la experiencia adquirida durante la pandemia de la Covid-19 (...). Ha demostrado que la aplicación del IVA a determinadas operaciones, acaba siendo un factor de coste en la contratación pública, que ejerce presión sobre unos presupuestos limitados”, apuntan fuentes comunitarias.
Una vez adoptadas, estas nuevas normas permitirán comprar e importar bienes y servicios exentos de IVA, cuando su destino sea la distribución entre los miembros durante una "respuesta de emergencia". En diciembre del 2020, ya se acordó eximir temporalmente de IVA las vacunas y test que se venden a hospitales, médicos y ciudadanos; permitiendo a los países aplicar tipos reducidos o cero a estos bienes.
La propuesta legislativa tiene que ser aprobada por los Estados miembros; que deberían adoptar antes de 30 de abril las regulaciones necesarias, para cumplir con la directiva enmendada y aplicarla desde el 1 de enero de 2021.
Los destinatarios de dichos bienes y servicios podrán ser los Estados miembros y también terceras partes, como autoridades u organismos nacionales (hospitales, autoridades sanitarias o protección civil, por ejemplo).
El comisario de Economía, Paolo Gentiloni, ha incidido en que "la pandemia de la Covid-19 nos ha enseñado que este tipo de crisis son polifacéticas y repercuten ampliamente en nuestras sociedades. Es esencial reaccionar frente a ellas con rapidez y eficacia; si queremos estar preparados para el futuro, hemos de ofrecer nuestra respuesta más contundente de inmediato".
Los productos y servicios libres de IVA
Los bienes y servicios que quedarían cubiertos por esta excepción a las reglas del IVA serían las pruebas de diagnóstico, materiales de ensayo y equipos de laboratorio; así como equipos de protección individual, guantes, respiradores, máscaras, batas y productos de desinfección. La lista de ejemplos también recoge la adquisición de tiendas de campaña, ropa y alimentos; elementos de búsqueda y salvamento, chalecos salvavidas y botes inflables, antimicrobianos y antibióticos, homoderivados o anticuerpos y dispositivos de medición de la radiación.
También estará recogido en la exención el desarrollo, producción y adquisición de productos necesarios, actividades de investigación e innovación, almacenamiento estratégico de productos, autorizaciones farmacéuticas, instalaciones de cuarentena, ensayos clínicos y desinfección de locales.
Actualidad Laboral / Con información de La Vanguardia