El máximo tribunal de la Unión Europea falló hoy que los países de la Unión Europea deben obligar a los empleadores a establecer un sistema para medir la jornada diaria de cada trabajador con el fin de garantizar el cumplimiento de las leyes laborales.
El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea deriva de un caso presentado por el sindicato Comisiones Obreras para obligar a la filial española del banco alemán Deutsche Bank a establecer un sistema de este tipo.
El banco alega que la normativa española en la práctica tiene requisitos menos estrictos para registrar las horas extras mensuales.
Un tribunal español que remitió preguntas a los jueces de la UE les dijo que el 53,7% de las horas extras en España no son registradas y argumentó que la legislación vigente en el país no garantiza el cumplimiento efectivo de las normas de la UE sobre el tiempo de trabajo o la salud y seguridad de los trabajadores.
El alto tribunal europeo informó que los 28 países miembros “deben exigir a los empleadores que establezcan un sistema objetivo, confiable y accesible que permita la medición de la duración de la jornada laboral de cada trabajador”.
Halló que, en ausencia de un sistema de este tipo, es imposible determinar “objetiva y fiablemente” el número de horas extras trabajadas y “excesivamente difícil, si no imposible en la práctica” para los empleados garantizar el respeto de sus derechos.
No quedó claro de momento qué significará exactamente el fallo en la práctica. Los países de la UE tendrán que elaborar sus propias disposiciones específicas para aplicar la sentencia, añadió el tribunal, teniendo en cuenta, según sea necesario, “las características particulares de cada sector” y otros factores, como el tamaño de las empresas.
La directiva sobre el tiempo de trabajo de la UE estipula que el tiempo medio de trabajo durante un período de siete días no debe exceder las 48 horas, incluidas las horas extras, y que un trabajador tiene derecho a un mínimo de 11 horas consecutivas de descanso en cada período de 24 horas, entre otras cosas.
La Confederación de Asociaciones Empresariales Alemanas, el principal grupo empresarial de Alemania, criticó el fallo del TJCE.
“Los empleadores estamos en contra de una reintroducción universal del reloj de fichar en el siglo XXI”, dijo el grupo. “No se puede reaccionar a las demandas del mundo laboral 4.0 con un sistema de registro de tiempos de trabajo 1.0″.
El grupo argumentó que la decisión no debe perjudicar a los empleados que trabajan de manera flexible y que los empleados podrían verse obligados a registrar su propio trabajo.
Actualidad Laboral / Con información de Estrategia y Negocios