03-05-2017
En la Gaceta Oficial Extraordinaria, No. 6.296 fue publicado el Decreto No. 2.832 mediante el cual se aumenta en un sesenta por ciento (60%) el salario mínimo nacional mensual obligatorio para los trabajadores del sector público y privado en todo el territorio nacional.
El salario mínimo nacional se estableció en 65.021,04 bolívares mensuales. En el artículo 2 se señala que
el ingreso básico para los adolescentes aprendices será de Bs. 48.354,96 al mes. En ambos casos el incremento entró en vigencia a partir del primero de mayo de 2017.
Por otra parte, el artículo 6 del Decreto señala que
los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, que perciban el equivalente a un salario mínimo (65.021,04 Bs.), adicionalmente recibirán un Bono Especial del 30% equivalente a 19.506,31 bolívares, por lo cual
obtendrán 84.527,35 bolívares mensuales.
Cestaticket
En la misma Gaceta Oficial, fue publicado el Decreto No 2.833, mediante el cual se ajusta la
base de cálculo para el pago del Cestaticket Socialista a 15 Unidades Tributarias (U.T.) por día, y hasta un máximo de 450 U.T. al mes. De esta manera es oficial que
el trabajador debe recibir Bs. 135.000 mensuales por el beneficio de alimentación.
El artículo 3 de este Decreto establece que las empresas del sector público y del privado pagarán a cada trabajador en efectivo, o mediante abono en su cuenta nómina el monto del Cestaticket Socialista, expresando que el mismo no genera incidencia salarial alguna y en consecuencia no podrán efectuarse deducciones sobre éste, salvo las que expresamente autorice el trabajador.
Se otorga un plazo de 30 días para que las empresas adecuen sus sistemas de nómina para proceder al pago del Cestaticket en dinero efectivo en sus cuentas. Los cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación que ya han sido emitidas mantendrán su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.
Adicionalmente, los empleadores que cuenten con comedor, mientras dure la emergencia económica, también están obligados a otorgar el beneficio del Cestaticket a través de cupones o tickets o mediante una tarjeta electrónica de alimentación emitida por alguna entidad financiera o por algún establecimiento especializado en la administración o gestión de beneficios sociales.
La Gaceta Oficial también establece el Sistema de Remuneraciones de los funcionarios y obreros de la Administración Pública Nacional, y señala el incremento del monto único mensual de la Tarjeta de las Misiones Socialistas para los Hogares de la Patria, a la cantidad de 70.000,00 bolívares.
Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6296