20-10-2014
Mediante la Providencia Administrativa N.- 056/2014, la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDEE), autorizó un incremento de las tarifas de los estacionamientos.
Las tarifas no sólo varían en función de la infraestructura de cada estacionamiento, sino también en función del número de puestos que tengan.
Para los estacionamientos Estructurales No Mecánicos, que son aquellos que funcionan a nivel de calzada, en sótanos o que tienen varios niveles y en los que la movilización de vehículos no se realiza mediante equipos mecánicos, las tarifas estaban ubicadas hasta este domingo en Bs: 4 la hora más IVA para vehículos livianos.
Con el incremento autorizado, las tarifas en los estacionamientos con estas características, por la primera hora o fracción adicional a 30 minutos, para vehículos livianos, quedaron establecidas de la siguiente manera: Bs: 10 para estacionamientos con menos de 150 puestos, Bs: 12 para estacionamientos con entre 150 y 500 puestos y Bs: 8 para estacionamientos con más de 500 puestos.
Para vehículos de carga en este tipo de estacionamiento las tarifas vigentes son las siguientes: Bs: 11,5 en establecimientos con menos de 150 puestos; Bs: 13,8 en establecimientos con entre 150 y 500 puestos; y Bs: 9,2 en estacionamientos con más de 500 puestos.
En los estacionamientos No Estructurales, definidos en la Providencia como “espacios abiertos parcial o totalmente cubiertos con estructuras provisionales, al menos en un setenta por ciento (70%) del área total, en buenas condiciones, debidamente nivelados”, las nuevas tarifas quedaron establecidas de la siguiente manera: Bs: 5,6 para vehículos livianos y Bs: 6,4 para vehículos de carga, por la primera hora o fracción adicional de 30 minutos.
Artículo 3. Providencia Administrativa N.- 056/2014 SUNDDE
Estas tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.)
La Providencia Administrativa de la SUNDDE, expresa que quedan exceptuados de esta regulación de tarifas, los estacionamientos para uso exclusivo de los hoteles de categoría cinco estrellas y los estacionamientos estructurales mecánicos.
En esta providencia también se especifica que los estacionamientos pueden ofrecer “tarifas planas o únicas”; y servicio para recibir y entregar los vehículos de sus usuarios, siempre y cuando éste no supere el diez por ciento del precio total del servicio de estacionamiento, y en ambos casos los conductores podrán elegirlos de manera voluntaria, sin condicionamientos.
Las nuevas tarifas deben mostrarse en listas o carteles de por lo menos 90 centímetros de largo y 60 centímetros de ancho, fácilmente legibles, que deben estar colocados en lugares visibles a la entrada del estacionamiento. En estos carteles también debe señalarse el horario del servicio, la denominación social del local, el tipo de categoría del estacionamiento y la siguiente advertencia: “En este estacionamiento su vehículo cuenta con póliza de seguros de responsabilidad civil general, con cobertura garajista”.
Actualidad Laboral/Jessica Morales