29-12-2015
Con la publicación en la Gaceta Oficial extraordinaria No. 6.207, de fecha 28 de diciembre de 2.015, fue oficializado el Decreto No. 2.158 Ley de Inamovilidad Laboral, firmado por el Presidente Nicolás Maduro, a través de la Habilitante. Según este instrumento, ningún trabajador puede ser despedido, desmejorado o trasladado “sin justa causa”, calificada por un Inspector del Trabajo, por los próximos 3 años.
El incumplimiento de la norma, podría dar lugar al reenganche con el pago de salarios y demás beneficios, dejados de percibir en el tiempo que fue despedido. Esto, en caso de que el trabajador ejerza las acciones legales pertinentes. Y, si se trata de un despido injustificado, podrá solicitar su reincorporación al cargo.
El despido, traslado o desmejora de un trabajador, sin previa calificación de despido, será sancionado con multas entre 60 y 120 unidades tributarias (art. 531 de la Lottt). Y el desacato de una orden de reenganche, “será penado con arresto policial de 6 a 15 meses”, establece el artículo 538 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
Gaceta Oficial Extraordinaria 6.207 by asalazarsalas
Actualidad Laboral / ASS