06-06-2023
A comienzos de mayo, los sindicatos del sector público y el Gobierno colombiano definieron el incremento salarial del 2023 para los colaboradores de la Rama Ejecutiva; de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible. Con el acuerdo,
se dispuso que el aumento para este año será de 14,62%. Del cual se desprende un 13,12% correspondiente al Índice de Precios al Consumidor (IPC) anual del 2022, más el 1,5%.
Finalmente, ya quedó listo el decreto en el que se establece cómo quedaron las remuneraciones de los empleados públicos. Es decir, aquellas personas que prestan sus servicios en los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias y otros establecimientos de carácter público. El documento también fija otras remuneraciones para cargos como: ministros, viceministros, superintendentes, directores generales de algunas agencias, entre otros.
Salarios de los servidores públicos:
Hay que tener en cuenta que en Colombia existen cinco grados de funcionarios (de mayor a menor): directivo, asesor, profesional, técnico y asistencial. Estos, a su vez, se distribuyen en niveles, que van desde el uno hasta el 28. De esta manera, el
Decreto 0905 del 2023 fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos; y, cómo quedan las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel. El documento también señala que estos rangos salariales, corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
¿Cuánto gana un ministro y un viceministro?
Según el decreto, los ministros del despacho y directores de departamento administrativo ganan $24.238.748 pesos. De este monto, $11.789.720 corresponden a los gastos de representación, $6.631.729 a la asignación básica y $5.817.299 a la prima de dirección.
Por su parte, los viceministros y subdirectores de departamento administrativo reciben un salario de $13.438.925. De los cuales, $8.600.906 hacen parte de los gastos de representación, y $4.838.019 a la asignación básica.
El sueldo de los superintendentes
El documento fija el salario del superintendente financiero en $15.635.706 pesos. Y señala que este, tendrá derecho a percibir los beneficios salariales, y prestacionales señalados en el Decreto 4765 de 2005. En cuanto al superintendente de Salud, la asignación para este cargo quedó en $25.775.690.
Salario para expertos y negociadores
El salario para el experto de comisión reguladora es de $18.421.453. Distribuidos en $11.789.724 de los gastos de representación, y $6.631.729 de la asignación básica. En el caso del negociador internacional, su remuneración será igual a la señalada para los viceministros, por concepto de asignación básica y gastos de representación.
¿Y las agencias?
El director general de la Unidad Administrativa Especial de la Agencia Nacional de Hidrocarburos tiene una asignación básica de $26.956.834 pesos. Por el lado del subdirector general de la Unidad Administrativa Especial de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, este recibe un salario de $23.402.573.
Para el director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP); la remuneración se fijó en $31.099.209. En cuanto al director técnico de la Unidad Administrativa Especial de la UGPP, este recibe $17.264.275.
En el caso del director general de la Unidad Administrativa Especial de la Agencia Nacional del Espectro (ANE), este tiene una asignación básica mensual de $23.725.262. El salario señalado en el punto anterior también aplica, tanto para el director general de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla), como para el de la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF).
Por su parte, el subdirector de la URF gana $18.226.195.
Primas técnicas
El decreto también señala que algunos cargos, pueden optar a una prima técnica que les subiría el salario; siempre y cuando se cumplan estos requisitos:
- Un 3% por el título de especialización en áreas directamente relacionadas con sus funciones.
- Un 9% por el título de maestría en áreas directamente relacionadas con sus funciones.
- Un 15% por el título de doctorado en áreas directamente relacionadas con sus funciones.
- Un 3% por publicaciones en revistas especializadas internacionales de reconocida circulación o libros; en áreas directamente relacionadas con sus funciones.
- Un 2% por publicaciones en revistas nacionales de nivel internacional (ISSN), en áreas directamente relacionadas con sus funciones.
Cabe señalar que estos porcentajes son acumulables hasta alcanzar como máximo un 20 %.
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Actualidad Laboral / Con información de Portafolio