23-10-2014
Un subsidio “directo, único y transitorio” para el café tostado y molido, recibirá la industria nacional, según lo establecido en la resolución 072/2014, publicada en la Gaceta Oficial No. 40.524, de fecha 22 de octubre. Este pago se realizará en un lapso no mayor a 20 días hábiles, luego de la recepción de los documentos exigidos (Art. 5).
El texto legal establece montos que van desde Bs. 2,98 a Bs. 59,50, de acuerdo con la presentación del producto y, señala el artículo 10, “será revisado en caso de aumento del precio regulado válido para la fecha de publicación de la presente Resolución”.
Así quedó distribuído el beneficio:
Actualidad Laboral / Adriana Salazar Salas