29-12-2015
En Venezuela quedó prohibida “la producción, importación, comercialización, distribución, liberación, uso, multiplicación y entrada al país” de semillas transgénicas. Según lo establecido en la Ley de Semillas, aprobada por la Asamblea Nacional en sesiones extraordinarias, y publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria No. 6.207, de fecha 28 de diciembre de 2015.
El instrumento legal prevé sanciones leves y graves, con multas entre 300 y 3 mil Unidades Tributarias (U.T.), a quienes comercialicen semillas que no hayan sido autorizadas por el Sistema Formal de Certificación de Semillas; los que difundan información “capaz de inducir error” sobre las cualidades de las semillas sujetas a este sistema y quienes no cooperen con las fiscalizaciones.
Así mismo la Ley se establece como delitos la importación, distribución, uso de cultivos genéticamente modificados, mediante el uso de la transgénesis; los que mecanismos que “pongan en peligro los ecosistemas, la salud humana, la soberanía alimentaria, la seguridad de la Nación, la diversidad biológica y la seguridad agrícola integral del país”, entre otros. Las sanciones están entre 5 y 10 años de prisión (art. 70).
Actualidad Laboral / ASS