25-07-2017
Al menos tres patrones de acoso laboral contra trabajadores del sector público para que voten a favor de la Constituyente, han sido identificados por el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos humanos (Provea) en un informe publicado el 20 de julio.
La ONG indica que ha recibido denuncias de empleados que han sido amenazados de 21 organismos públicos diferentes desde el 18 de julio.
Las instituciones son: Metro de Caracas, Movilnet, Pdvsa, Poder Judicial, Pequiven, Fábrica de Insumos 27 de Febrero, Abastos Bicentenario, Ministerio de Banca y Finanzas, Empresas Básicas de Guayana, Distrito Escolar del Municipio Rómulo Gallegos, Sidor, Sudeban, Banco Bicentenario, Saren, Seguros La Previsora, Empresa Hidrosuroeste C.A, Ministerio de Vivienda, Superintendencia de la Actividad Aseguradora, Seguros Federal (Sudeaseg) y Corpoelec.
La amenaza del despido es uno de los patrones más frecuentes. Al trabajador se le indica que será despedido de no votar por la Constituyente el próximo 30 de julio.
“Hay otra práctica que se repite: en el Metro de Caracas, las empresas básicas de Guayana, Pequiven y el Banco Bicentenario están imponiendo lo que ellos definen como “1X10” o “1X15”, obligando a los trabajadores a asegurar 10 o 15 votos a favor. Es decir que hay dos tipos de despido, si el trabajador no sufraga, pero si además no asegura los votos exigidos”, reseña Provea.
Violencia verbal expresa es otro de los mecanismos de coerción denunciados. Se registraron frases que las víctimas califican como literales por parte de quien ejerce la presión: “voto o plomo”, “no vamos a seguirle matando el hambre a funcionarios que no estén con el proceso”, “atenerse a las peores consecuencias si no acuden a votar”.
Acoso por control. Muchas de las instituciones están implementando un control para asegurarse de que la víctima vote. Piden dirección, teléfonos de contactos, redes sociales, etc.
El pasado 24 de julio rodó por las redes sociales un video en el que se observa a un director de Pdvsa amenazar a los trabajadores de la empresa que no participen en la votación de la ANC. La persona declara que quien no vote está “botao”.
Provea señala que, de acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Acoso Laboral o “Síndrome de Mobbing”, es una forma de acoso psicológico que consiste en el hostigamiento a través de acciones crueles, vengativas o maliciosas para humillar o desestabilizar a un individuo o a grupos de trabajadores.
Resalta además que el artículo 164 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOTTT). Se prohíbe el acoso laboral en los centros de trabajo públicos o privados, entendiéndose como tal el hostigamiento o conducta abusiva ejercida en forma recurrente o continuada por el patrono o la patrona o sus representantes; o un trabajador o una trabajadora; o un grupo de trabajadores o trabajadoras, que atente contra la dignidad o la integridad biopsicosocial de un trabajador, una trabajadora o un grupo de trabajadores y trabajadoras, perturbando el ejercicio de sus labores y poniendo en peligro su trabajo o degradando las condiciones de ambiente laboral.
Actualidad Laboral / Con información de Efecto Cocuyo