"Todo lo que se deja al libre albedrío acaba siendo un foco de precarización". La advertencia la lanzan desde uno de los principales sindicatos del país, en referencia a la necesidad de regular las relaciones laborales en el metaverso. Desde hace meses, existe una creciente preocupación en los gabinetes jurídicos y técnicos de las organizaciones sindicales por el devenir de los derechos de los trabajadores en una realidad virtual todavía incipiente, pero en la que aprecian un enorme potencial económico.
En el Ministerio de Trabajo, de momento, observan con atención un fenómeno que saben que tarde o temprano va a plantear importantes retos en materia de regulación y esperan a disponer de precedentes en otros países para entrar de lleno en el asunto, sin descartar la posibilidad de crear una legislación ad hoc para el trabajo en el 'mundo meta' o, directamente, incorporar el concepto como espacio laboral en el nuevo Estatuto de los Trabajadores del Siglo XXI.
El metaverso está de moda, pero no es nuevo. El concepto fue acuñado en 1992 por el escritor estadounidense Neal Stephenson en la novela Snow Crash (1992) y se refiere a un entorno donde los humanos interactúan social y económicamente como avatares en un ciberespacio. Treinta años después, Mark Zuckerberg, CEO de Meta (ex-Facebook), se ha lanzado a crear su propio metaverso, pero no es el único, ya que algunos, desde el primigenio Second Life, llevan años en marcha, y ahora grandes tecnológicas como Google o Microsoft también apuestan por esta revolución. Lo correcto es hablar de metaversos, en plural, porque existen varias plataformas en las que no solo interactúan los humanos como avatares, sino que también están empezando a operar empresas punteras. Es el caso de Zara, el buque insignia de Inditex, que se ha apuntado a vender ropa virtual en la plataforma Zepeto, donde están presentes firmas como Gucci, Ralph Lauren, Dior o Nike.
En mayo de 2021, una versión virtual de un bolso de Gucci se vendió en la plataforma Roblox por el equivalente a más de 4.000 dólares en moneda virtual (prácticamente el doble de lo que cuesta en la vida real). Es solo un ejemplo de las importantes transacciones económicas que pueden producirse en los metaversos -de hecho, ya se están produciendo- y que generan numerosos interrogantes. Por ejemplo, ¿quién es el dueño del bolso: el comprador, la plataforma que permite a la empresa vender sus productos en su mundo virtual a cambio de un porcentaje de su beneficio, el productor que lo alquila a un cliente...? ¿Qué sucede si el bolso parece dañado por un error técnico en la plataforma, puede reclamarse? ¿Podría otro avatar robar ese bolso? ¿Con qué consecuencias? ¿Se puede llevar el bolso de una plataforma a otra? Son algunas de las preguntas que todavía suscitan una gran incertidumbre jurídica en torno a esta tecnología.
Recientemente, el presidente del despacho Sagardoy Abogados y catedrático de la Universidad Francisco de Vitoria, Íñigo Sagardoy, abría el debate en un curso de formación para directivos en la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), donde afirmaba que "el metaverso exigirá metaleyes" y señalaba que, "en Estados Unidos, ya se habla de metalaw y metajurisdiction". El abogado y profesor hacía esta reflexión sobre un asunto que, según apuntó, todavía es incipiente y por ello resulta difícil predecir las eventuales ramificaciones legales, sin embargo, va a requerir de un complejo desarrollo jurídico en un futuro próximo. Pocos dudan ya en el ámbito del derecho del trabajo de que esta revolución tecnológica supone uno de los grandes desafíos para las relaciones laborales venideras.
"Hay leyes que existen en el mundo real que traspasan a cualquier realidad virtual, como la normativa de protección de datos, por ejemplo, que es un derecho de los usuarios que aplica en el metaverso, pero en el mundo virtual las casuísticas son diferentes y en cada plataforma rigen unas normas, la cuestión es quién las pone". Así explica la problemática Julio Huélamo Gracia, abogado asociado senior en Ejaso ETL Global. ¿Es el caso de la normativa laboral? Ante la pregunta '¿será necesario regular las relaciones laborales en el metaverso?', su respuesta es "sí". Coincide con él el laboralista Daniel Sánchez Sellas, de Ceca Magán, quien advierte de la necesidad de adelantarse a los acontecimientos, porque el 'mundo meta' todavía es incipiente, pero todo apunta a que va a crecer y sus implicaciones para el mercado laboral van a ser considerables.
Supongamos que un avatar entra en una tienda de ropa en el metaverso y es atendido por un dependiente, que es una persona en forma de avatar. "Ese trabajador estará prestando servicios posiblemente desde su casa, con unas gafas virtuales, pero tendrá una jornada, unas obligaciones y una retribución que deberán estar plasmados en un contrato laboral", explica Sánchez Sellas. A su juicio, que es coincidente con el de Huélamo, debería retocarse el Estatuto de los Trabajadores para incorporar el metaverso como lugar de trabajo, en el que deben regir, como mínimo, las mismas normas y los mismos derechos para los trabajadores que en la vida real, pero aplicados a las casuísticas particulares del mundo virtual. Huélamo apunta incluso a que es plausible que se cree un convenio colectivo para trabajadores en el metaverso. Ambos insisten en que todo está aún muy verde, pero va a requerir de una legislación específica si, como parece, los mundos virtuales y laborales paralelos a la vida real se convierten en tendencia.
Así lo ven los sindicatos. A sus ojos, el metaverso va a implicar una extensión en el ámbito de las relaciones laborales como en su día fueron las plataformas digitales y es importante ponerse manos a la obra cuanto antes para garantizar los derechos de los trabajadores y evitar situaciones de precarización y batallas judiciales como las que se dieron con los riders, porque la Administración tardó años en protegerles con una legislación ad hoc. "Con los riders llegamos tarde, ahora tenemos que adelantarnos", avisan.
Los sindicatos empiezan a plantearse incluso la necesidad de incorporarse como organización al metaverso, donde va a ser necesario el asesoramiento y la defensa de trabajadores en materia laboral. Esa asistencia jurídica, sin embargo, es difícilmente planificable, porque de momento no existe una normativa específica que ordene las relaciones laborales en la realidad virtual, por eso en el movimiento sindical están empezando a surgir iniciativas para tomar este asunto en serio, porque es urgente "acotar el terreno y poner las reglas del juego", advierten.
Pero las normas del juego las tienen que fijar los gobiernos y, de momento, en el Ministerio de Trabajo miran los toros desde la barrera. Desde la llegada de Yolanda Díaz se han puesto en marcha normativas pioneras como la de los repartidores de plataformas digitales o la que regula el trabajo a distancia, sin embargo, en ambos casos el equipo jurídico del Ministerio se había fijado en el despliegue normativo de los países del entorno, pero en estos momentos no hay referencias de una regulación de las relaciones laborales en el metaverso.
Uno de los principales problemas que genera el mundo virtual es que la descentralidad es mundial, se traspasan los estados, lo que implica una gran complejidad jurídica a la hora de establecer leyes aplicables a ámbitos específicos. Díaz no ignora la realidad. Al contrario, es consciente de que asiste a una revolución tecnológica que va a revolucionar el mundo laboral y la esfera del derecho del trabajo. Pero, de momento, mira de reojo al fenómeno metaverso, mientras en el seno sindical cogen fuerza las voces que reclaman regular las relaciones laborales en el 'mundo meta' para evitar que se convierta en un nuevo foco de precarización.
Actualidad Laboral / Con información de LaInformación