Los ciudadanos venezolanos, colombianos y peruanos acaparan casi el 80% de las más de 163.000 solicitudes de protección internacional presentadas en 2023 en España, un reconocimiento que el país otorga tras evaluar que una persona es perseguida por motivos de raza, religión, orientación política o sexual.
Precisamente la persecución política es el argumento utilizado por el dirigente opositor venezolano Edmundo González Urrutia para solicitar asilo en España, donde se encuentra desde ayer domingo tras denunciar fraude en las elecciones de su país.
González Urrutia ha iniciado los trámites para solicitar asilo en España, un proceso que, según ha avanzado el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, será favorable para el excandidato presidencial venezolano, quien, no obstante, debe cumplir los mismos requisitos que cualquier otro solicitante, un procedimiento con un plazo máximo de un mes.
El dirigente opositor se suma a los más de 240 ciudadanos venezolanos que, de media, llegaron a España cada día durante el primer semestre de 2024, hasta alcanzar actualmente una cifra aproximada de 390.000 personas -un tercio de ellos asentados en Madrid-, según diversas estadísticas oficiales españolas.
La cifra supone una ligera aceleración -un 7% más- en la llegada de ciudadanos de Venezuela respecto al año pasado, cuando se trasladaron a España 82.200 personas procedentes de aquel país, una media de 225 al día.
En conjunto, el pasado año, más de 60.500 ciudadanos venezolanos solicitaron asilo en España y 40.674 recibieron protección por razones humanitarias, una figura que el Gobierno español comenzó a conceder a raíz de la crisis política y humanitaria de Venezuela y que implica reconocerle un permiso de residencia o estancia temporal humanitaria.
Los datos constatan el progresivo aumento de la población de origen venezolano en España, que en los últimos diez años se ha multiplicado por más de siete.
El derecho de asilo en España
La Ley del Derecho de Asilo y la Protección Subsidiaria que configura el asilo, reconocido en la Constitución española, se aplica a ciudadanos de fuera de la Unión Europea (UE) a quienes España reconozca como refugiados tras valorar que en su país de origen es perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual.
A quienes no cumplen los requisitos para ser considerados refugiados pero que no pueden regresar a su país porque se arriesgan a ser condenados a pena de muerte o sufrir torturas y amenazas graves contra su vida, se les otorga protección subsidiaria.
El amparo concedido con la protección internacional -que engloba tanto el derecho de asilo como la protección subsidiaria- consiste en la no devolución ni expulsión de las personas a quienes se les haya reconocido.
Los beneficiarios no serán devueltos al país de origen, obtendrán permiso de residencia y trabajo permanente, documento de identidad, tendrán derecho a la reagrupación de familiares directos y acceso a servicios públicos de empleo, educación, sanidad, vivienda o servicios sociales.
Actualidad Laboral / Con información de Banca y Negocios